Según el "Reglamento para Prevenir, Investigar y Sancionar el Hostigamiento Sexual en la Universidad Nacional ", las funciones de la Fiscalía serán las siguientes:
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Recibir las denuncias de hostigamiento sexual y trasladarlas a la Comisión de Resolución de Denuncias sobre Hostigamiento Sexual para su debida tramitación.
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Asesorar e informar a las personas denunciantes de sus derechos y obligaciones al momento en que interpongan una denuncia o en su primera intervención en el procedimiento.
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Representar a la persona denunciante de conformidad con el artículo 24 del reglamento para prevenir, investigar y sancionar el hostigamiento sexual.
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Ejercer la acción disciplinaria cuando la presunta víctima le delegue su ejercicio o cuando se le imposibilite y no tenga quien la represente.
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Practicar las diligencias pertinentes y útiles que le permitan acreditar o descartar la existencia del hecho constitutivo de hostigamiento sexual.
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Apoyar a la comisión responsable de la implementación y ejecución de las políticas en materia de hostigamiento sexual.